| Resolución PG SCBA - Provincia de Buenos Aires | |
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Resolución Procuración General SCBA Nº 1.390/01 |
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Ministerio Público Fiscal. Apremios Ilegales. Delitos Económicos. Funcionario Público |
| Del: 10-XII-2001 |
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Art. 1º.- El Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Buenos Aires a través de cada uno de sus integrantes, deberá máxima atención y especial importancia en lo que se refiere al ejercicio de sus atribuciones, a los hechos delictivos con tortura, apremios ilegales y delitos económicos que afecten el interés colectivo, como asimismo a los delitos cometidos por funcionarios públicos e el ejercicio de sus atribuciones. Art. 2º.- Las investigaciones penales obligatorias que se lleven adelante con motivos de los hechos señalados en el artículo precedente deberán hallarse cargo de un fiscal titular, quien no podrá hacer uso de sus facultades delegatorias prescriptas por los arts. 267 y 293 del C.P.P. Art. 3º.- Cada Fiscalía General Departamental arbitrará los mecanismos para que se registren el inicio y desarrollo mensual del trámite de las investigaciones iniciadas con motivo de los hechos a que hace referencia el art. 1º de la presente. Dicha información será remitida mensualmente a la Procuración General, sin prejuicio de su anoticiamiento inmediato, cuando la importancia institucional de caso así lo requiera. Art. 4º.- Sin prejuicio de lo dispuesto en el art. 268 “in fine” del C.P.P., la disposición de archivo de la investigación, en el caso que correspondiere, será informada previamente al Fiscal General Departamental.
Art. 5º.- Regístrese y comuníquese. |